Información general en:
La legalización de documentos que deben surtir efecto en otros estados es un proceso convenido con carácter internacional. En el caso de los documentos acreditativos de estudios cursados en España, tales documentos deben ser legalizados en España y deben cumplir un trámite previo de reconocimiento de firmas por parte de las correspondientes autoridades educativas españolas, a efectos de su posterior legalización. Todo lo anterior se refiere siempre a documentos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, mientras que los documentos académicos que no tienen ese carácter pueden ser legitimados por vía notarial.
ATENCIÓN: Recuerde que todo documento académico, tanto universitario como no universitario, expedido en la lengua propia de una Comunidad Autónoma, debe ser previamente traducido al español o expedido en documento bilingüe, a efectos de trámites de homologación y reconocimiento.
Modalidades:
Documentos objeto de reconocimiento de firmas por parte del Ministerio de Educación español:
El Ministerio de Universidades tiene abierto de forma permanente proceso de "Legalización de documentos académicos universitarios oficiales que han de surtir efectos en el extranjero", en este enlace puede consultar todos los detalles de la legalización de documentos universitarios.
Normativa aplicable: Orden Ministerial de 16 de abril de 1990, sobre legalización de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero.
Como se desprende de la normativa, solamente los documentos universitarios de carácter oficial serán objeto del reconocimiento de firmas en este Ministerio, el resto de los documentos académicos se legalizarán mediante vía notarial.
Requisitos de presentación:
Los programas deberán presentarse acordes a las siguientes instrucciones.
Para los países firmantes del Convenio de la Haya de 8 de octubre de 1961, como es el caso con Colombia, se establece un procedimiento simplificado:
Sección de LegalizacionesSalto de línea Oficina Central de Atención al CiudadanoSalto de línea C/ Bolsa, 8. 28012 MadridSalto de línea Telf.: 902 007 214
De carácter no oficial (*):
Si por alguna circunstancia fuera necesario que la documentación académica oficial o no oficial debiera surtir efecto en países no firmantes del Convenio de La Haya, es imprescindible realizar el reconocimiento de las firmas de autoridades españolas en sus respectivas representaciones consulares en España.
Los estudios realizados deben ser objeto de un reconocimiento del título obtenido o de los estudios parciales a través del Ministerio de Educación Nacional para que tengan validez en Colombia. La pertenencia de España y Colombia al Convenio Andrés Bello permite establecer mediante una tabla de equivalencias el reconocimiento local de los estudios realizados en sus países miembros:
Para la eventual convalidación en Colombia de un título de bachiller obtenido en España, los documentos españoles deben tener la apostilla de La Haya. Luego se debe diligenciar el formulario de la solicitud de convalidación, anexar una fotocopia del título que será cotejada con la presentación del título original, anexar fotocopia legible de documento de identidad colombiano (tarjeta de identidad, registro civil, cédula de ciudadanía) o si se es extranjero, el pasaporte. Todo título y los respectivos sellos expedidos en otro idioma deben ser traducidos al español por un traductor oficial de la lista de inscritos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Realizada la traducción, se deberá legalizar la firma del traductor oficial (sin costo alguno) en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá: Carrera 19 N° 98-03, Edificio Torre 100, piso 6°. Horario de atención: 8:00 am a 4:30 pm.
El trámite tiene un término de respuesta de 15 días hábiles y no tiene ningún costo. Deberán presentarse los documentos personalmente en el Ministerio de Educación Nacional (Calle 43 No. 57-14 - Centro Administrativo Nacional – CAN).
Para el caso de una solicitud de convalidación parcial de preescolar, básica y media, necesaria para continuar con estudios en Colombia, al apostillado de los documentos traídos desde España, la cumplimentación del formulario de la solicitud de convalidación de estudios parciales de educación básica y media y la presentación de fotocopia legible de documento de identidad colombiano o pasaporte extranjero, hay que añadir los certificados originales de cursos o años aprobados completos debidamente legalizados. Igualmente, todo título y los respectivos sellos expedidos en otro idioma deben ser traducidos al español por un traductor oficial de la lista de inscritos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.Salto de línea