Linea 1 - Convocatoria 2022
Las solicitudes que hayan aceptado la resolución de concesión de la subvención pueden acceder al trámite de seguimiento y control de las acciones formativas a través del siguiente enlace.
Convocatoria para concesión de subvenciones que financien programas de formación de ámbito estatal de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito laboral, realizadas por las entidades solicitantes y dirigidas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas
Los programas de formación serán de carácter modular, compuestos por acciones formativas complementarias entre sí, que conformen, total o parcialmente, un certificado de profesionalidad.
Los programas de formación pueden ser de caracter sectorial o transversal. Se clasifican en 3 líneas diferentes:
Dentro de la línea 1 se podrán presentar los siguientes programas formativos:
Podrán solicitar subvenciones para financiar la ejecución de los distintos tipos de programas objeto de esta convocatoria:
Habrán de estar constituidas como entidades de formación con anterioridad al 1 de enero de 2021, y disponer, de conformidad con el artículo 15.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación, tanto teórica como práctica.
Si una entidad se presenta al amparo de (A) no podrá participar en ninguna de las agrupaciones previstas en (B) para el mismo tipo de programa de formación.
La formación se podrá impartir en modalidad presencial, teleformación o mixta.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Se realiza a través del botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica" en la parte superior de la ficha.
Así se accede al formulario de la solicitud LÍNEA 1 en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes estará disponible un manual de usuario con las instrucciones para cumplimentar la solicitud.
Documento de preguntas frecuentes
La publicación de las propuestas de resolución provisional y definitiva, así como de las resoluciones de desestimación, de concesión y sus posibles modificaciones y demás actos del procedimiento, tendrán lugar en la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y surtirá todos los efectos de la notificación.
Propuesta de resolución provisional de la convocatoria para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras para el año 2022.
Propuesta de Resolución Provisional - Convocatoria Estatal Trabajadores
Desde el 30/03/2023 y hasta el 14/04/2023, los solicitantes podrán presentar alegaciones a la propuesta de resolución provisional mediante correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: fptrabajadores@educacion.gob.es
Los interesados propuestos como beneficiarios podrán comunicar, si así lo consideran, en el mismo plazo, su renuncia a la propuesta de subvención, a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Se entenderán aceptadas tácitamente las propuestas cuando los interesados no manifiesten expresamente su renuncia en el plazo establecido.
Con fecha 4 de mayo de 2023 se ha elevado a la Secretaría General de Formación Profesional, para su adopción, si procede, la propuesta de resolución definitiva correspondiente a la convocatoria establecida por la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022.
A efectos exclusivamente informativos, se incluyen en el presente anuncio los anexos incluidos en la propuesta de resolución definitiva.
Nota: este anuncio tiene carácter meramente informativo y no es derivativo ni generador de derechos. La resolución que se adopte como final del procedimiento por la Secretaría General de Formación Profesional determinará los recursos a que hubiere lugar en derecho, de acuerdo con las bases de la convocatoria.
Desde el 29/08/2023 y hasta el 11/09/2023 incluido, los solicitantes que han obtenido subvención tendrán que formalizar la condición de beneficiario cumplimentando el formulario diseñado a tal efecto en la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. El no cumplimentar dicho formulario aportando la documentación necesaria en forma y plazo, o el incumplimiento de las condiciones que la misma acredita, supondrá la renuncia a todo derecho y la pérdida de la subvención inicialmente adjudicada.
Las entidades beneficiarias desarrollarán las acciones formativas y pondrán a disposición de la Subdirección General de Programas y Gestión la información y documentación a los efectos de su seguimiento y control. Esta Subdirección notificará a los beneficiarios toda la información e instrucciones necesarias para que lleven a cabo estas gestiones.
El inicio de la actividad formativa se debe realizar como máximo en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención.
Las solicitudes que hayan aceptado la resolución de concesión de la subvención pueden acceder al trámite de seguimiento y control de las acciones formativas a través del siguiente enlace.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa