El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.
El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.Las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas.
Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.
No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable y no se tendrán en consideración las propuestas que carezcan de interés general para el sistema universitario ni los estudios restringidos a asignaturas, departamentos, centros o universidades específicos.
En el caso de la modalidad A) las ayudas previstas en la presente convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado hasta un máximo de 30.000 € (incluidos los costes indirectos a los que se refiere el artículo 4.2 f). En la modalidad B) no se establecen límites en el presupuesto. En ambos casos el presupuesto de las ayudas solicitadas deberá estar plenamente justificado. En todo caso, la cuantía de la subvención para los proyectos seleccionados se determinará en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias.
Incompatibilidades
Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para la misma acción, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.
Resoluciones
ORDEN EDU/2680/ 2010, de 14 de octubre , por la que se conceden subvenciones para la realización de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.Salto de línea (Publicación en el BOE de 16 de octubre de 2010)
Otra información relevante
Los formularios de solicitud se presentarán directamente en el Registro General del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo, 17), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A estos efectos, se hace constar que los registros de las universidades no producen efecto en cuanto al cumplimiento de los plazos.
Applications and submissions may be submitted to any of the administrations mentioned in Article 16(4) of Law 39/2015 of 1 October on the Common Administrative Procedure of Public Administrations. Consulting the registration offices
Queries on the procedure can be made by any of the means listed on the Administrative Information page