Esta web utiliza cookies propias para facilitar la navegación y cookies de terceros para obtener estadísticas de uso y satisfacción.

Puede obtener más información en el apartado "Cookies" de nuestro aviso legal.

  1. Home
  2. Citizen Services
  3. Public participation
  4. Public participation
  5. 2014
  6. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación, declaración de equivalencia y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles 2 ó 3 del MECES de los títulos de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica y Diplomatura

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación, declaración de equivalencia y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles 2 ó 3 del MECES de los títulos de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica y Diplomatura

Información pública

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación, declaración de equivalencia a titulaciones y a nivel académico y convalidación de títulos extranjeros de educación superior a los títulos o niveles españoles, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles 2 ó 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica y Diplomatura

  • Texto del proyecto
  • Periodo de información pública: del 13 al 29 de marzo de 2014, ambos inclusive, en cumplimiento del artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • Correo electrónico para enviar las propuestas: calidadeducacion@mecd.es

Resumen

El proyecto de Real Decreto consta de dos partes:

  • La primera, dedicada a regular los procedimientos para establecer la correlación en nuestro sistema educativo de los títulos y estudios extranjeros de educación superior, a través de las figuras de la homologación, la equivalencia a nivel o a titulación, y la convalidación de estudios.
  • La segunda regula los mecanismos para establecer la correspondencia entre los títulos anteriores a la reforma realizada en el Sistema de Educación Universitaria por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOMLOU) en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, y los títulos oficiales universitarios de Grado y Máster.
Subir