Convocatoria curso 2024-2025
ABIERTO EL PLAZO DE JUSTIFICACIÓN HASTA EL 30 DE OCTUBRE (INCLUIDO).Salto de línea Aparece cerrado pero está operativo. Lo que ocurre es que no se puede hacer es presentar nuevas solicitudes para la convocatoria de 2024.
El programa PROA + está destinado a fortalecer a los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria que presenten mayor complejidad educativa, con la finalidad de mejorar los resultados escolares de todo el alumnado, especialmente de los más vulnerables, e incrementar e incrementar el porcentaje de alumnado que permanezca en el sistema.
El objeto de esta Convocatoria es:
Establecer el procedimiento para participar en el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo PROA+ durante el curso escolar 2024-2025, a desarrollar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en los que se impartan las etapas de Educación Infantil, Educación Básica y Secundaria Posobligatoria, de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
El objetivo final del programa PROA+ es el fortalecimiento de los centros sostenidos con fondos públicos que presentan una mayor complejidad educativa con la finalidad de mejorar los resultados escolares de todo el alumnado, especialmente de los más vulnerables, e incrementar el porcentaje de alumnado que permanece en el sistema.
El Programa está dirigido a los centros de Educación Primaria y Educación Secundaria sostenidos con fondos públicos que impartan todas las etapas consideradas o parte de ellas, y tengan un porcentaje mínimo del 30% de alumnado vulnerable.
Se entiende por alumnado vulnerable en un sentido amplio aquel que presente alguna de las circunstancias que se describen a continuación: necesidades asistenciales (alimentación, vivienda y suministros básicos, etc.), escolares (clima familiar propicio, brecha digital, material escolar, etc.), necesidades socioeducativas (actividades complementarias, extraescolares, etc.), necesidades educativas especiales, altas capacidades, dificultades específicas de aprendizaje, incorporación tardía en el sistema educativo, dificultades para el aprendizaje por necesidades no cubiertas, así como cualquier barrera que condicione, potencial o efectivamente, las posibilidades de éxito educativo del alumnado.
Para participar en el programa, los centros contarán con la aceptación de un mínimo del 60% del profesorado del claustro.
Destinatario último: alumnado de Educación Infantil, de Educación Básica y de Educación Secundaria Posobligatoria de dichos centros, con atención a los más vulnerables educativamente.
Los centros docentes interesados en participar en el programa deberán cumplimentar su solicitud en el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes https://sede.educacion.gob.es, sección "Buscar trámites". Junto con la solicitud, se adjuntarán los siguientes documentos y en soporte informático (descargables en versión PDF editable):
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
El órgano instructor del procedimiento administrativo es la Subdirección General de Cooperación Territorial e Innovación Educativa, dependiente de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
Los centros seleccionados, que aparecerán en la Resolución de concesión, recibirán directamente la dotación económica mediante transferencia bancaria. Para el cobro de las ayudas los centros deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, deberán acreditar no tener obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El expediente de justificación del gasto deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre justificación de las subvenciones públicas y deberá contener, con carácter general, los documentos establecidos en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley General de Subvenciones.
A estos efectos, antes del 30 de octubre de 2025, los centros beneficiarios de la subvención deberán aportar la cuenta justificativa y adjuntar como fichero electrónico en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, https://sede.educacion.gob.es sección «Buscar trámites», la siguiente documentación:
a) Una memoria justificativa del cumplimiento de las actuaciones que justificaron la concesión de la subvención, con detalle de las actividades realizadas, los datos estadísticos de participación y permanencia en el Programa, así como los resultados de promoción del alumnado participante. Dicha Memoria incluirá el desglose de los bloques de gasto que han sido necesarios para la consecución de los fines previstos. La memoria se realizará conforme al modelo facilitado por el MEFPD.
b) Una relación detallada de los costes de la ejecución del programa, que incluirá:
✓ Los servicios prestados para actividades educativas y extraescolares.
✓ El material fungible consumido.
✓ Los recursos didácticos empleados.
Cada gasto deberá incluir la identificación del acreedor, referencia del documento, importe, fecha de emisión y su fecha de pago.
Cuando la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas y su causa.
c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan podido financiar en su caso la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) Cuando así proceda, la carta de pago de reintegro acreditativa de la devolución al Tesoro de los remanentes no aplicados, incluyendo los intereses derivados de los mismos.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa ![]()