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Red estatal de centros de excelencia de formación profesional

Convocatoria 2023

Acceso a la tramitación en sede electrónica Plazo de presentación de solicitudes:FINALIZADO

Índice

Información general

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Descripción

Creación de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional.
Establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la implantación y el desarrollo de esta red estatal de centros de excelencia.
Realizar convocatorias para la concesión de las ayudas mencionadas.

El objeto de las ayudas es financiar la modalidad 1, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden EFP/717/2022, de 22 de julio, por la que se crea la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para su implantación y desarrollo, y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.Salto de línea La finalidad de las ayudas es conceder subvenciones a los beneficiarios, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de planes y proyectos que contribuyan a los objetivos.Salto de línea Se definen como centros integrantes de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, a efectos de la presente Resolución, los centros sostenidos con fondos públicos, que imparten ofertas de formación profesional vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales pertenecientes a sectores y subsectores profesionales predefinidos, y que actuarán como catalizadores de ecosistemas innovadores y creadores de entornos de innovación, investigación y emprendimiento. Estos centros contarán con un proceso de transformación digital y metodológica, organizarán acciones de formación del profesorado a nivel estatal, desarrollarán proyectos de innovación e investigación aplicada, colaborarán en la detección de necesidades de perfiles en el sector o subsector profesional de los que sean declarados como centros integrantes de la red de centros de excelencia de formación profesional, así como en las revisiones curriculares de las ofertas relacionadas.Salto de línea Los planes de los centros integrantes de la red de centros de excelencia de formación profesional, se desarrollarán por un periodo temporal máximo de tres años, a través de las siguientes fases:

  • Fase I. Formación en el proceso de transformación tecnológica digital y metodológica del centro. En esta fase, se desarrollarán los siguientes proyectos y actuaciones:
    • Estancia formativa de un equipo docente del centro en un centro referente asignado por la Secretaría General de Formación Profesional.
    • Realización del Proyecto Primario 1, basado en la transformación tecnológica, digital y metodológica del centro, así como las actuaciones necesarias para dicha transformación.
    • Seguimiento y revisión del Proyecto Primario 1 por parte del centro referente asignado.
    • Validación del Proyecto Primario 1 por parte de la administración competente y de la Secretaría General de Formación Profesional.
  • Fase II. En esta fase, deberán desarrollarse los siguientes proyectos primarios, de forma simultánea o con la secuencia que se haya establecido en el plan:
    • Proyecto Primario 2: Actuaciones de acogida y formación del profesorado de distintas comunidades autónomas, en los ámbitos sectoriales correspondientes.
    • Proyecto Primario 3: Proyectos de innovación e investigación aplicada con centros de, al menos, tres comunidades autónomas. Este Proyecto Primario, podrá subdividirse en tantos proyectos de innovación como ponga en marcha el centro y contarán, al menos, con la participación de los centros presentados en su convocatoria al mismo sector o subsector, y que no hubieran obtenido la catalogación para incorporarse a la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, en las condiciones que se establezcan.
    • Proyecto Primario 4: Detección de necesidades de perfiles en el sector o subsector profesional. Este proyecto deberá desarrollarse en colaboración con el Centro de Referencia Nacional del área correspondiente, si lo hubiere.
    • Proyecto Primario 5: Propuesta de revisión curricular de las ofertas formativas impartidas en el centro. Este proyecto deberá desarrollarse en colaboración con el Centro de Referencia Nacional del área correspondiente, si lo hubiere.
    • Proyecto Primario 6: Incorporación de tecnología disruptiva aplicada. Este Proyecto Primario se realizará a partir del segundo año de implementación del plan.

Los (sub)sectores productivos en que se enmarca la presente convocatoria son los indicados en el ANEXO I:

  • Aeronáutico
  • Audiovisual
  • Construcción y sostenibilidad energética
  • Tecnologías de la información
  • Transporte y logística
  • Turismo
  • Marítimo-Pesquera
  • Química
  • Economía Social y de los cuidados
  • Inteligencia artificial y Big Data
  • Conectividad 5G

Con carácter general, el número de centros de excelencia por sector o subsector integrantes de la red estatal de centros de excelencia de Formación Profesional será de tres.

Modalidades

Las convocatorias que se realicen de acuerdo al amparo de la Orden EFP/717/2022, de 22 de julio, por la que se crea la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, se procede a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, podrán incluir dos modalidades:

Modalidad 1:

  • Subvencionan el inicio de planes de calificación de centros y su integración en la red estatal de centros de excelencia de Formación Profesional.
  • Comprenderán actividades de la fase I y II

Modalidad 2:

  • Subvencionan el desarrollo y la consolidación de planes ya iniciados (continuidad) y financiados con arreglo a convocatorias anteriores.
  • Comprenderán actividades de la fase II.

En esta convocatoria, el objeto de las ayudas es financiar la modalidad 1.

Destinatarios

Los centros integrantes de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, a efectos de la presente Resolución, son centros sostenidos con fondos públicos, que imparten ofertas de formación profesional vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales pertenecientes a sectores y subsectores profesionales predefinidos en el Anexo I.

Requisitos

  • Asumir la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a la condición de beneficiario, derivada de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Cumplir con lo estipulado en las bases reguladoras, de la Orden EFP/717/2022, de 22 de julio.
  • No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Más Información

Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas las administraciones públicas competentes en materia de Formación Profesional, que serán las perceptoras de la totalidad de los fondos y responsables de su justificación.

Características de los centros de excelencia de formación profesional.

  • Imparten ofertas de Formación Profesional vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales pertenecientes a los [sub]sectores indicados en el Anexo I.
  • Cuentan con un proceso de transformación digital y metodológica.
  • Organizan acciones de formación del profesorado a nivel estatal.
  • Tienen como características distintivas:
    • La innovación, la investigación aplicada y la incorporación de tecnología disruptiva aplicada: creando entornos y ecosistemas, y desarrollando proyectos.
    • El emprendimiento.
    • La internacionalización.
  • Colaboran, en su [sub]sector profesional, en la:
    • Detección de la necesidad de nuevos perfiles.
    • Revisión curricular de las ofertas relacionadas.

Compatibilidad de las ayudas.

Las ayudas reguladas en esta Resolución, cuando se concedan en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, serán compatibles con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad que puedan ser otorgadas por cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre y cuando no tengan su origen en un fondo o programa de ayudas de la Unión Europea, y el importe de la ayuda o subvención, aisladamente o en concurrencia con otros incentivos, no supere el coste del proyecto y cumpla con la normativa nacional y europea de ayudas de Estado.Salto de línea

Anexos

Anexos editables:

Otros documentos

Información en la base de datos nacional de subvenciones Base de datos nacionales

Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el 07 de septiembre de 2023
  • Hasta el 26 de septiembre de 2023
Plazo de presentación de solicitudes finalizado

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión.

Instrucciones

Las solicitudes serán presentadas por el representante de la administración competente en materia de formación profesional.

Cada comunidad autónoma podrá presentar una única solicitud, que contendrá la totalidad de las candidaturas propuestas, con un máximo de tres. Por cada candidatura, deberán figurar, como mínimo, el centro de formación profesional candidato a integrarse en la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, las empresas y/o entidades con vinculación al mismo, así como las administraciones autonómicas implicadas. Cada agrupación, deberá estar relacionada con los sectores o subsectores profesionales definidos en el Anexo I de la presente Resolución de convocatoria.

Los formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y se puede acceder a ellos mediante el botón "Acceso al servicio online" en la parte superior de esta página.

Documentación

Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  • Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
  • Declaraciones responsables condición beneficiario, conforme al Anexo VI.
  • Declaración no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales, conforme al Anexo VII.
  • Declaración Responsable relativa al artículo 25 del Real Decreto 887/2006, conforme al Anexo VIII.
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al Anexo IX.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al Anexo X.

Y por cada candidatura de agrupación:

  • Descripción del plan para la calificación como centro de excelencia en la red estatal, con una denominación inicial del mismo, conforme al Anexo II.
  • Valoración económica inicial en relación con la ayuda solicitada para inicio del plan, y los proyectos asociados a la integración en la red de centros de excelencia de formación profesional, desagregada por actividades de las fases I y, en su caso, de la fase II, conforme al Anexo III.
  • Declaraciones responsables condición beneficiario, conforme al Anexo VI.
  • Declaración no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales, conforme al Anexo VII.
  • Declaración Responsable relativa al artículo 25 del Real Decreto 887/2006, conforme al Anexo VIII.
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al Anexo IX.
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al Anexo X.
  • Documentación acreditativa relacionada con los aspectos recogidos en los requisitos de los centros, incluidos en los apartados de baremo de la presente convocatoria, recogidos en el Anexo IV y V en los últimos 2 años.
  • Aquellos centros que estén declarados como centros de excelencia de formación profesional autonómicos, deberán presentar una declaración responsable en la que se ponga de manifiesto que los proyectos y actuaciones a financiar en la red estatal, no estarán financiados, ni formarán parte, del plan de actividades, en su condición de centro de excelencia autonómico, a través de la red autonómica de la que ya forman parte. Asimismo, y al objeto de garantizar la no concurrencia de doble financiación y el solapamiento de actividades, deberán presentar una copia del proyecto, memoria o documento con valor probatorio similar, en el que se recojan los elementos por los que fueron declarados centros de excelencia de formación profesional en su ámbito autonómico, y que pudieran ser susceptibles de financiación por la administración de la que dependen, o por fondos europeos.

Presentación de la solicitud

La presentación de las solicitudes se realizará mediante el mismo formulario electrónico de Sede electrónica al que se podrá acceder a través del enlace “Acceso al servicio online” situado al inicio de esta página.

Resolución definitiva

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Información

Más información

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Contacto

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse a la dirección de correo electrónico cexcelenciafp@educacion.gob.es e-mail

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa Nueva ventana

Información de SIA

  • Denominación del trámite: Red estatal de centros de excelencia de formación profesional
  • Código: 2713788

Otras convocatorias

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