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El Tribunal Supremo avala la doctrina recogida en la LOMCE sobre el uso de lenguas cooficiales

26/02/2013

La última sentencia del Tribunal Supremo -que resuelve el recurso de casación interpuesto por un padre de familia contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 8 de marzo de 2012- se pronuncia, en definitiva, sobre si la Generalitat de Cataluña cumplió lo ordenado por dicha sentencia.Salto de línea Salto de línea El Supremo resuelve en un doble sentido:Salto de línea -Primero: considera que la Generalitat de Cataluña no cumple con lo ordenado en la sentencia ya que la enseñanza individualizada no es suficiente. El contenido dispositivo de la sentencia pide que se garantice la educación en ambas lenguas.Salto de línea -Segundo: que la sentencia origen de todo, decidió una situación individualizada y no una modificación del sistema.Salto de línea Salto de línea Las conclusiones generales son las mismas que llevaron a introducir un artículo en la LOMCE para aclarar esta cuestión. El artículo establece que las CCAA tienen el derecho a proteger su lengua cooficial en su sistema de enseñanza, pero dentro de unos límites que significan que el castellano NO sea excluido como lengua vehicular. Además que para entender que el castellano no es excluido deben ofrecer de forma razonable la opción de una enseñanza en la que aparezca también el castellano como lengua vehicular.Salto de línea

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