Concurso general. Concurso General de Méritos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Convocatoria 2024
Cobertura de puestos mediante convocatoria pública a través de los procedimientos de concurso o libre designación.
Concurso General de Méritos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Personal Funcionario.
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Documentación a aportar para acreditar dentro de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que la persona solicitante se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo:
A estos efectos, podrán aportarse contratos de alquiler, las facturas de algún suministro (agua, luz, internet…) o cualquier otro documento que permita acreditar la residencia en dicho lugar.Salto de línea No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
La establecida en la convocatoria.
La presentación se realizará de forma telemática a través del Portal «Funciona», siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico en la siguiente ruta:
Mis Servicios de RRHH (SIGP) > Autoservicio del empleado de SIGP > Concurso méritos > Solicitudes de concursos de méritos
Excepcionalmente, si el empleado público no pudiera acceder a la citada modalidad telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como Anexo II de la Resolución de 22 de mayo, en el mismo plazo, en el Registro General del Departamento (C/ Los Madrazo, 15, 28071 Madrid) o en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán a la Subdirección General de Personal, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en el Registro General del Departamento (C/ Los Madrazo, 15, 28071 Madrid) o en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos expresamente previstos en la base tercera y antes citados.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa