Convocatoria 2025-2026. Ámbito de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial
El objeto específico de las becas es la formación especializada aplicada en áreas educativas y de formación desarrolladas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, promoviendo la participación y colaboración de los beneficiarios en las tareas formativas que le sean encomendadas en las unidades administrativas responsables de aplicar los respectivos planes de formación.
La formación se llevará a cabo en las dependencias del Instituto Nacional de Evaluación Educativa de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial:
Personas de nacionalidad española, de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tener residencia legal en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca. De no poseerse la nacionalidad española, se deberá acreditar un nivel C2 de español según el Marco común europeo de referencia para las lenguas.
Total: 11 plazas
Distintas áreas y materia educativas en el ámbito de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial
Los derechos y obligaciones de los beneficiarios de las becas son los establecidos con carácter general en la normativa aplicable a esta convocatoria y, en particular, los recogidos en el artículo 12 de la Orden EFP/446/2020, de 18 de mayo.
La dotación íntegra anual máxima de cada beca de formación será de 14.808,00 euros y se distribuirá en un máximo de doce meses por importe de 1.234,00 euros por cada mes de duración
La solicitud se realizará mediante formulario de inscripción, disponible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (https://sede.educacion.gob.es/sede).
A dicho formulario se adjuntará, en formato electrónico, la siguiente documentación preceptiva:
a) Título, orden supletoria, o certificado de estar en condiciones para su expedición, o bien autorización para que el órgano competente pueda recabarlo a través de la Plataforma de Intermediación.
b) Certificado académico oficial con expresión de las materias superadas y las calificaciones obtenidas.
c) Otros certificados acreditativos del cumplimiento de los requisitos establecidos en el anexo I.
d) Documentos justificativos de los méritos alegados en la solicitud.
e) “Currículum Vítae” en formato EUROPASS https://europa.eu/europass/es, u otro similar.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa