Curso 2025-2026. Acreditación del nivel B2 por la modalidad de formación (cursos con código de registro 289N0680236604, 289N0680240617, 51000389238884, 52000439238919 y 52000439242272)
Procedimiento de acreditación de la competencia digital del personal docente.
La presente Resolución tiene como objeto convocar el procedimiento de acreditación del nivel B2 de competencia digital docente, por la superación de una actividad formativa certificada por el Registro de Formación Permanente del Profesorado del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Personal docente de enseñanzas no universitarias en los territorios de Ceuta y Melilla, al de destino en el exterior y al que preste servicio en la Administración General del Estado.
a) Ser funcionario docente de enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en servicio activo o encontrarse en cualquiera de las situaciones administrativas descritas en los artículos 86-89, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de alguno de los ámbitos definidos en el artículo 2 de la resolución.
b) Haber obtenido el certificado de superación del curso del nivel B2 inscrito con código 289N0680236604, 289N0680240617, 51000389238884, 52000439238919 o 52000439242272 y título Competencia Digital y Pensamiento Computacional expedido por el Registro de Formación Permanente del Profesorado del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Orden por la que se regula el procedimiento
Fecha de publicación en el BOE: 21 de julio de 2023.
El plazo de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del primer día hábil tras la publicación de la resolución.
Junto con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:
Se realiza electrónicamente a través del botón de "Acceso al servicio online" en la parte superior de esta página.
Listas provisionales de solicitantes admitidos y excluidos ![]()
Fecha de publicación en la web: 03/07/2026
Los solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del listado provisional, para que los que hayan resultado excluidos puedan subsanar el defecto que ha motivado su exclusión. Las subsanaciones se realizarán a través del correo electrónico acreditacioncdd@educacion.gob.es ![]()
Fecha de publicación en la web: 24/07/2026
Todas las comunicaciones con las personas solicitantes se realizarán por vía telemática a través de la sede electrónica o de la dirección de correo electrónico que se haya indicado en la solicitud.
El buzón de correo para consultas es: acreditacioncdd@educacion.gob.es ![]()