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Acerca de la Subdirección General de Cooperación Territorial e Innovación Educativa

La Subdirección General de Cooperación Territorial e Innovación Educativa es un órgano dependiente de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial que depende, a su vez, de la Secretaría de Estado de Educación del Ministerio de Educación , Formación Profesional y Deportes. Esta subdirección cumple las siguientes funciones establecidas en el Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de dicho ministerio:

  • Las relaciones de coordinación, colaboración y cooperación con las comunidades autónomas, corporaciones locales y otras administraciones públicas, en el ámbito educativo no universitario, con excepción del Sistema de la Formación Profesional.
  • La promoción, en el ámbito de cooperación entre administraciones, de intercambio de proyectos de buenas prácticas.
  • La planificación, gestión y seguimiento de los programas de cooperación territorial y de los convenios de colaboración y cooperación con las comunidades autónomas en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado.
  • La promoción de actuaciones que favorezcan los estilos de vida saludables y sostenibles, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el respeto a la diversidad afectivo-sexual, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos.
  • La elaboración y promoción de estudios e informes sobre investigación, experimentación, innovación y buenas prácticas en educación y la publicación de estudios y materiales sobre educación, de acuerdo con el programa editorial del Departamento.
  • La coordinación de planes y programas, así como la promoción de estrategias educativas dirigidas a favorecer la igualdad de oportunidades del alumnado en el acceso, los procesos y los resultados de la educación no universitaria, la prevención del abandono temprano de la educación y la segregación escolar, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Formación Profesional; el acceso asequible al primer ciclo de educación infantil, la atención temprana, la orientación educativa, la educación inclusiva, el bienestar emocional, el desarrollo sostenible, la ciudadanía mundial y la atención a otras áreas de interés socioeducativo.

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